Objeto.
Las ayudas reguladas en la presente convocatoria, tienen como finalidad apoyar actuaciones dirigidas a fomentar la creación de empleo, mejora de la calidad de vida, diversificación económica, innovación, mantenimiento del patrimonio rural, conservación y mejora del medio ambiente o igualdad de género en el medio rural.
El ámbito de aplicación es el establecido en la EDLP Nordeste y que corresponde con los municipios que conforman la comarca del Nordeste de la Región de Murcia: Abanilla, Fortuna, Jumilla, Yecla y la pedanía abaranera de “El Boquerón”.
Beneficiarios.
a) Autónomos y personas físicas (En este último caso, deberán acreditar su alta en el epígrafe correspondiente con anterioridad a la resolución de concesión).
b) Sociedades Mercantiles, Sociedades Agrarias de Transformación, Cooperativas, Sociedades Laborales, Fundaciones y Asociaciones, así como cualquier otra entidad, asociativa o societaria, con personalidad jurídica. También podrán solicitar ayudas aquellas entidades que estén en fase de constitución, siempre y cuando adquieran la personalidad jurídica con anterioridad a la resolución de concesión.
c) Comunidades de bienes u otras entidades de tipo comunal, que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo las inversiones o actividades que motivan la concesión de la subvención. En estos casos, los comuneros nombrarán un representante o apoderado único y, en un documento que se incorporará al expediente, manifestarán sus respectivas participaciones en la cosa común y asumirán su responsabilidad solidaria en las obligaciones derivadas de la ayuda.
d) Entidades de derecho público de base asociativa privada (comunidades de regantes, consejos reguladores de las indicaciones de calidad…).
e) Entidades públicas de carácter local, con ámbito territorial inferior al provincial.
f) Ayuntamientos.
g) El Grupo de Acción Local del Nordeste de la Región de Murcia.
Cuantía máxima
La financiación de las ayudas, de acuerdo a lo indicado en el artículo 6 de la Orden de 3 de octubre, se efectuará con cargo a créditos de carácter plurianual, en los términos establecidos en el artículo 37 del texto refundido de la Ley de Hacienda de la Región de Murcia, aprobado mediante Decreto Legislativo 1/1999, de 2 de diciembre. El crédito disponible para las ayudas reguladas en la presente convocatoria se estima, sin perjuicio de las posibles modificaciones presupuestarias, en un total de 2.301.478,70 euros. Una vez pasado el examen de rendimiento del año 2019 y con resultado favorable, se redotará dicha partida con la correspondiente reserva de rendimiento
Plazo de presentación de solicitudes.
21/12/2020
Si tienes cualquier duda, ponte en contacto con nosotros y estudiaremos tu proyecto en profundidad para ver las posibilidades de acceder a esta subvención
Contacta con Sergio Garcia en s.garcia@cetem.es