Resumen: |
La comercialización de madera aprovechada ilegalmente, constituye un problema medioambiental internacional de primera magnitud en muchos países en desarrollo exportadores de madera. Este fenómeno tiene múltiples repercusiones sociales, políticas y económicas en los países productores de madera.
En 2003 la Comisión europea propuso un Plan de Acción para luchar contra el comercio ilegal de madera (FLEGT, siglas en inglés). En él, se establecía la necesidad de desarrollar acciones para combatir la tala ilegal y su comercio asociado. Como acción se aprobó el Reglamento (CE) nº2173/2005 de establecimiento de Licencias FLEGT. Mediante éste, las importaciones de madera o derivados procedente de países subcritos a un AVA (Acuerdo Voluntario de Asociación), debían ir acompañadas de una Licencia FLEGT expedida por el país de origen. Sin esta licencia validada, se prohibía la comercialización. Posteriormente, en 2008, se desarrolló otro Reglamento con normas más precisas para su aplicación (Reglamento de la Comisión (CE) nº 1024/2008 de 17 de Octubre).
Complementariamente se aprobó en 2010, para las maderas que no contarán con Licencia FLEGT o que se comercializarán por primera vez en Europa, independientemente de su origen, el Reglamento Europeo de la Madera (conocido como EUTR).
|